Documentación a aportar – Constitución de sociedades mercantiles

Para todo tipo de sociedades:

  • D.N.I o pasaportes de los socios. No deben estar caducados.
  • Estado civil, régimen matrimonial y domicilio de los socios.
  • Certificación de denominación social. La expide el Registro Mercantil Central a nombre de un socio constituyente. Se puede tramitar su solicitud desde la propia notaria (hay que facilitar tres posibles denominaciones sociales).

 

Para la constitución de una Sociedad Limitada.

  • Certificado de denominación negativo del Registro Mercantil Central, expedido a instancia de alguno de los socios y vigente (Validez tres meses desde su expedición).
  • Certificación bancaria del desembolso en una cuenta de la sociedad, con fecha de ingreso no superior a dos meses y un capital mínimo de 3.000 euros
  • Titulo de las aportaciones no dinerarias si las hubiera y valoración, en el caso de bienes inmuebles, copia autorizada de las escrituras y recibo del pago del IBI.
  • Forma de organizar la Administración de la sociedad y personas que van a asumir los cargos.
  • Identidad de los socios y administradores con DNI o pasaporte vigente, y numero de participaciones que cada uno suscribe.
  • Si intervienen personalmente o por apoderado, en cuyo caso copia autorizada del documento que resulte de su legitimación.
  • Estatutos sociales, o al menos objeto social, domicilio, y capital social de las sociedad.

Para la constitución de una Sociedad Anónima:

  • Certificado de denominación negativo del Registro Mercantil Central, expedido a instancia de alguno de los socios y vigente (Validez tres meses desde su expedición).
  • Certificación bancaria del desembolso en una cuenta de la sociedad, con fecha de ingreso no superior a dos meses y un capital mínimo de 60.000 euros. El capital social debe estar suscrito al menos en un 25% en el momento de la constitución y la parte que no se haya suscrito se deberá suscribir en la forma y dentro del plazo previsto en los estatutos.
  • Titulo de las aportaciones no dinerarias si las hubiera e informe de uno a varios expertos independientes del valor de las aportaciones, copia autorizada de los títulos de dichos bienes y recibo del pago del IBI.
  • Forma de organizar la Administración de la sociedad y personas que van a asumir los cargos.
  • Identidad de los administradores con DNI o pasaporte vigente.
  • Si intervienen personalmente o por apoderado, en cuyo caso copia autorizada del documento que resulte de su legitimación.
  • Estatutos sociales, o al menos objeto social, duración, domicilio, capital social de las sociedad con expresión del que está suscrito y el que no, y en este último caso, plazo y manera de suscripción, y régimen de prestaciones accesorias y derechos especiales de los promotores de la sociedad si existiesen.
  • Gastos aproximados de la constitución de la sociedad
  • La fundación de la S.A. puede ser simultánea o sucesiva, para la fundación sucesiva, por favor consulte directamente con la Notaría.

Para cualquier otra operación societaria, como ampliaciones o reducciones de capital, cese y nombramiento de Administradores o consejeros, cambios de objeto, de domicilio o cualquier otra modificación de estatutos, su disolución, etc. no dude en ponerse en contacto con cualquiera de nuestros oficiales.

Para más información sobre los distintos tipos de sociedades, le recomendamos que visite el enlace siguiente a la página del Notariado, donde podrá encontrar un apartado explicativo dedicado exclusivamente a empresas y sociedades.

Y recuerde que el CIF podemos solicitarlo desde la propia Notaría, obteniendo el provisional al instante de la firma. También lo pueden solicitar por anticipado en la correspondiente Delegación de Hacienda, o bien una vez constituida la sociedad aportando una copia simple de la escritura de constitución.

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