Los expedientes matrimoniales

Desde el 30 de abril de 2021 los notarios pueden encargase, si usted lo desea, de hacer el expediente matrimonial que necesitará para contraer matrimonio.

Así, si desea tramitar un expediente matrimonial ante notario deberá realizar una solicitud al colegio notarial de la comunidad autónoma en la que esté empadronado al menos uno de los miembros de la pareja.  Pinchando aquí puede ver  la lista de colegios notariales, sus páginas web y sus teléfonos. Los colegios han habilitado un sistema para atender estas peticiones.

El notario, como funcionario público y autoridad reconocida, deberá comprobar que los futuros contrayentes tienen capacidad para contraer matrimonio; que no existen impedimentos, tales como que sean menores de edad (salvo los emancipados), o que estén casados con otras personas; o, en su caso, la posible dispensa de los impedimentos. Así mismo, deberá asegurarse que no se trata de un matrimonio simulado. Además, determinará el régimen económico aplicable al matrimonio y la vecindad civil de los contrayentes.

Esta reforma refuerza la consideración del notario como autoridad, que ya fue puesta de manifiesto con la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en julio de 2015, de la que deriva la medida.

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Tipos de testamento: El testamento Olografo

El testamento ológrafo: es un testamento que hace el testador por sí solo escribiéndolo de su puño y letra, con expresión del año, mes y día en que se hace. La falta de cualquiera de estos requisitos o de la firma del testador lo hace nulo.

Este tipo de testamento presenta una serie de problemas: por un lado, la falta de asesoramiento técnico hace que sea frecuente la nulidad de estos testamentos. Por otro, suele provocar discusiones sobre la capacidad que tenía el testador al hacerlo. Además, fallecido el testador, los herederos tienen que seguir un complejo procedimiento para comprobar la autenticidad del testamento y protocolizarlo, lo que hace todo el proceso complicado y más caro para ellos.

Por otra parte, es fácil que el testamento se pierda o que algún pariente no favorecido pudiera encontrarlo y destruirlo, siendo casi imposible para los otros herederos probar que existía. En cualquier caso, el testamento ológrafo puede resultar útil en casos excepcionales de urgencia o situaciones de riesgo. A la hora de hacer un testamento ológrafo hay que recordar que debe estar escrito en su totalidad por el testador de puño y letra, y firmado por él, y debe ponerse la fecha (año, mes y día). Las palabras tachadas, enmendadas o entre renglones las debe salvar el testador bajo su firma.

.Si quiere mas información acerca de los distintos tipos de testamentos, puede consultar aquí.

Régimen económico del matrimonio

El matrimonio, además de producir una serie de efectos personales entre los cónyuges,  también tiene consecuencias de manera importante en su patrimonio; esto es lo que se llama ‘efectos económicos del matrimonio’.

La ley  fija unas normas para regular estos efectos económicos, unas imperativas (que no se pueden modificar) y otras supletorias que podrán ser modificadas por las que fijen los esposos voluntariamente, a la medida de sus necesidades por medio de las capitulaciones matrimoniales. Recuerda que si tienes dudas, lo mejor es acudir a tu notario para que te asesore.

¿Puedo alquilar un piso ante notario?

Sí, sin duda.

El contrato de alquiler puede regularse de muchas maneras, según las conveniencias o necesidades de los contratantes. Acudir a un notario puede ser muy útil, tanto para el propietario como el inquilino. De hecho, el asesoramiento notarial es imparcial y puede resultar clave para evitar posibles conflictos.

El notario puede disipar dudas acerca de aspectos como la duración del contrato, las prórrogas, la forma de proceder si se quiere realizar obras o mejoras, o cómo actualizar la renta.

Adicionalmente, optar por esta vía impide el extravío del documento y permite estar tranquilo ante contingencias imprevistas -que el contrato se queme o se moje- ya que, aunque las partes se queden con una copia firmada por el notario, éste conserva la escritura original.

También permite inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad, lo que protege ante futuras hipotecas o futuros embargos.

¿Cómo puedo saber qué documentos he firmado y ante qué notario?

Sé que he firmado un documento, pero no recuerdo cuál fue ni ante qué notario. ¿Cómo puedo averiguarlo?

Para resolver esta situación existen dos opciones.

Por un lado, el ciudadano puede acudir al despacho de cualquier notario y solicitar que se haga la consulta. El notario accederá a la plataforma notarial SIGNO, donde hay una herramienta muy útil: el llamado “informe de actividad”, que permite al notario introducir el DNI de la persona en cuestión y visualizar un listado de todo lo que ha firmado en cualquier lugar de España.

Otra posibilidad es que el ciudadano acceda al Portal Notarial del Ciudadano, la sede electrónica notarial a la que tienen acceso ciudadanos y empresas. A través de esta plataforma el usuario podrá saber qué notarios tienen los originales de sus escrituras y pedirles que les “suban” las copias electrónicas a la plataforma, de forma que siempre las tengan a mano en un espacio privado y seguro.

(Fuente: Notariado.org)