La renta vitalicia es un contrato utilizado desde antiguo, definido en nuestro Código Civil y formalizado en escritura pública ante notario.
Permite que una persona ceda a otra u otras la propiedad de uno o varios de sus bienes (pueden ser muebles, joyas, obras de arte, etc. o inmuebles, pisos, fincas, etc.) a cambio de una cantidad de dinero o pensión hasta su fallecimiento.
Su finalidad es la de proporcionar al beneficiario una renta a partir de un momento determinado de su vida, normalmente la jubilación, para completar la pensión pública y no perder el poder adquisitivo del que disfrutaba durante su vida laboral.
A cambio de la cesión inicial queda asegurada una renta determinada. La entidad financiera con la que se realizan estos contratos suele ser una empresa aseguradora (dentro del ramo vida-ahorro).