Albaceas digitales

shutterstock_141090136Después de las diferentes polémicas sobre el presente y futuro de los perfiles sociales de los usuarios cuando fallecen, parece que Facebook tiene una solución para cumplir con la voluntad de los de sus usuarios. En este sentido, hay muchos servicios online que permiten que la cuenta sea desactivada en caso de fallecimiento a través de la solicitud de un familiar, pero en muchos casos los perfiles acaban convertidos en un memorial o bien en el limbo jurídico de no permitir a un familiar eliminar el contenido o ponerles demasiadas trabas.

El legacy contact, la posibilidad recientemente introducida por Facebook que permite designar a una persona a la que se le otorgan poderes para realizar ciertas gestiones en el perfil de una persona fallecida, ha sido bien acogida por los expertos como medida de sensibilización, si bien aconsejan acudir a un notario para dejar constancia en un testamento sobre que hacer con los activos online del testador.

Quien decida elegir a una persona para que gestione su legado digital en Facebook podrá darle permiso para que descargue un archivo de las fotos, comentarios e información de perfil compartida en esta plataforma. Sin embargo, ni podrá acceder a la cuenta como administrador, ni, por extensión, podrá ver los mensajes privados de la persona fallecida.

Alternativamente, el titular de la cuenta puede optar entre esta opción de designar a un albacea digital o eliminar de forma permanente su perfil en Facebook. Hasta ahora, cuando alguien fallecía, la red social ofrecía un perfil conmemorativo básico que era visible pero que no podía ser gestionado por nadie. Con este añadido, y tras hablar con gente que ha experimentado alguna pérdida, la red social afirma haberse dado cuenta de que podía hacer más para apoyar a quienes estaban en duelo o a aquellos que tenían algo que decir acerca de lo que sucedería con su cuenta después de su muerte. Por el momento, la opción del legacy contact solo está disponible en Estados Unidos, pero Facebook ha manifestado su intención de expandir esta figura opcional a otros países.

Aunque la fórmula del albacea digital conlleva beneficios, también puede acarrear riesgos más allá del tema sucesorio, como por ejemplo el derivado de la bidireccionalidad de estas comunicaciones. De esta forma, cabe tener la autorización por parte del fallecido, pero eso no implica necesariamente que la otra persona que reciba o envíe el mensaje esté de acuerdo con que un tercero acceda a ella.

bloquear-las-notificaciones-de-facebook1Los expertos, pese a que acogen positivamente la figura del albacea digital de Facebook, sugieren al menos leer con detenimiento la letra pequeña y en todo caso acudir a un experto en Derecho digital y sucesorio, que ayude a dejar constancia de los activos digitales en un capítulo adicional de un testamento tradicional o en uno específicamente digital.

Actualmente, es posible acudir al notario y otorgar un testamento «digital». Esta declaración voluntaria ante un fedatario público ofrece ante todo seguridad, porque ese notario se encargará ante el fallecimiento del testador de buscar a la persona designada para comunicarle oficialmente que le han dejado esos activos digitales.

En breve el Notariado pondrá a disposición de los ciudadanos e interesados la posibilidad de conectarse desde cualquier ordenador personal y remitir al notario mediante un formulario seguro y gratuito los datos mínimos básicos para pedirle al notario una cita, en la que posteriormente otorgar testamento tradicional o electrónico.

En ambos tipos de testamento se requerirá, en primer lugar, identificar a la persona que lo otorga de forma indubitada.

Hay una serie de datos mínimos a incluir en el testamento, como es el nombre completo, identificación, dirección y por supuesto el contenido, que en caso de ser digital debe recoger al menos una mención a los herederos sobre qué hacer con los activos digitales del fallecido e incluir las contraseñas de acceso a esos activos propiedad del testador.

Desde luego, más seguridad que si solo se posee una declaración firmada o directamente manifestada verbalmente hacia un cónyuge o un familiar donde se le han entregado sus login y passwords, ya que incluso el familiar queda expuesto a que ante el hecho de acceder a una cuenta de correo que no es la suya, terceras personas pueden tener interés en emprender acciones legales. A fin de cuentas no tiene ninguna legitimación y en este caso la prueba corre por su cuenta.

(Fuente: Notariado)

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